§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 671/2013 · Artículo 53. Resolución.

Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

Descartado en revisión

En el BOE
Artículo 53. Resolución. ↗
Norma
Real Decreto · 06/09/2013 · Ministerio de la Presidencia
Plazo
12 meses

Descartado en la revisión a fondo: El art. 28 de la Ley 29/2011 fija él mismo los doce meses (con silencio positivo).

Análisis automático original

Procedimiento

Procedimiento de concesión de ayudas, indemnizaciones y condecoraciones regulado en el Reglamento de la Ley 29/2011

Razonamiento del modelo

El art. 53.2 fija doce meses (seis para ayudas al estudio) en un reglamento de 2013, posterior al 14-4-1999, así que no opera la DT 1.ª.2 Ley 4/1999 y el exceso sobre seis meses solo es válido con cobertura legal o de la UE. En el texto aportado no la hay. El procedimiento no figura en el Anexo 1 de la DA 29.ª Ley 14/2000, no encaja en la DA 1.ª Ley 39/2015 y la Directiva 2004/80/CE no impone un plazo de doce meses. El art. 28 de la Ley 29/2011 aparece truncado antes de cualquier referencia al plazo de resolución, así que no puedo confirmar ni descartar que fije uno. El pasaje atribuido al «art. 54» solo trata de condecoraciones (doce meses y silencio estimatorio) y parece corresponder al texto reglamentario, no a la Ley. Aunque fuera legal, solo cubriría las condecoraciones y no el resto de ayudas e indemnizaciones del art. 53. Como la Ley 29/2011 pudiera contener un plazo que el reglamento reproduzca, mantengo el veredicto en dudoso y no en probablemente nulo.

A quién beneficiaría

El solicitante de ayudas o indemnizaciones, que podría sostener que el silencio estimatorio del art. 53.3 se produjo a los seis meses y no a los doce (o a los tres, según la lectura). Lo alegaría al recurrir el acto que aplica el plazo de doce meses, con posible recurso indirecto contra el reglamento (art. 26 LJCA).

Pendiente de comprobar