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Real Decreto 382/1986 · Norma entera
Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales.
Probablemente válido
- En el BOE
- Norma entera ↗
- Norma
- Real Decreto · 10/02/1986 · Ministerio de Administración Territorial
- Defecto
- Falta el dictamen del Consejo de Estado
- Alcance
- La norma entera
Razonamiento del modelo
La fórmula promulgatoria no menciona al Consejo de Estado, lo que es un indicio de omisión, y la base de dictámenes no sirve de contraste por ser la norma anterior a 1987. Sin embargo, la clasificación previa sobrevalora el carácter ejecutivo: el RD no desarrolla un régimen sustantivo, sino que cumple el mandato de crear un Registro (art. 14 LBRL y DT 5.ª) y regula su funcionamiento. Es plausible que se considerara una norma organizativa exenta de dictamen. Persiste un riesgo residual de nulidad si el articulado contuviera obligaciones de comunicación o efectos innovadores frente a terceros. Con la información disponible, el vicio no está suficientemente acreditado.
Fórmula de promulgación
En su virtud, a propuesta del Ministro de Administración Territorial y deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de febrero de 1986, DISPONGO:
¿Se puede alegar hoy?
No en la práctica: el plazo de recurso directo venció el 24/04/1986; en el recurso indirecto contra un acto de aplicación la jurisprudencia no suele admitir vicios del procedimiento de elaboración, y la revisión de oficio solo puede iniciarla la Administración.
Pendiente de comprobar
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