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Orden JUS/2296/2005 · Norma entera

Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio, sobre selección, propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Dudoso

En el BOE
Norma entera ↗
Norma
Orden · 12/07/2005 · Ministerio de Justicia
Defecto
Falta el dictamen del Consejo de Estado
Alcance
La norma entera

Razonamiento del modelo

El preámbulo enumera con detalle los trámites (informe del CGPJ y negociación sindical) pero no menciona al Consejo de Estado, y la fórmula final es solo «En su virtud, dispongo», sin «de acuerdo con» ni «oído». Eso es un indicio serio de que no se pidió dictamen, aunque no una prueba. La clave es si la Orden es reglamento ejecutivo de la LOPJ o una norma de gestión de personal con habilitación amplia a la Administración. Esa calificación es discutible, y la búsqueda en la base de dictámenes (que solo cubre hasta finales de 2004) no aporta ninguno pertinente. Por eso no concluyo ni nulidad probable ni validez probable.

Fórmula de promulgación

«Esta Orden tiene por objeto establecer los criterios objetivos para efectuar la selección de funcionarios interinos en el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia, conforme a lo previsto por el artículo 489.1 de la Ley Orgánica 6/1985... En la tramitación de esta Orden se ha recabado informe del Consejo General del Poder Judicial y se ha negociado con las organizaciones sindicales más representativas... En su virtud, dispongo:»

¿Se puede alegar hoy?

No en la práctica: el plazo de recurso directo venció el 16/09/2005; en el recurso indirecto contra un acto de aplicación la jurisprudencia no suele admitir vicios del procedimiento de elaboración, y la revisión de oficio solo puede iniciarla la Administración.

Pendiente de comprobar

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