§ Exploits legales en el BOE

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Orden JUS/3000/2009 · Norma entera

Orden JUS/3000/2009, de 29 de octubre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.

Probablemente válido

En el BOE
Norma entera ↗
Norma
Orden · 29/10/2009 · Ministerio de Justicia
Defecto
Falta el dictamen del Consejo de Estado
Alcance
La norma entera

Razonamiento del modelo

La clasificación previa (reglamento ejecutivo, confianza 65) no se sostiene. Crear un registro electrónico departamental es un cometido organizativo que la Ley 11/2007 impone directamente a cada Administración y que se hace por orden ministerial, sin desarrollar de forma innovadora la ley. La fórmula promulgatoria cita solo el informe de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica y la aprobación previa de la Ministra de la Presidencia, sin mencionar al Consejo de Estado, coherentemente con la ausencia de dictamen preceptivo. La búsqueda en la base de dictámenes no devolvió nada pertinente, y eso es neutro, porque no había obligación de solicitarlo. Aun en la hipótesis de que fuera exigible, la omisión difícilmente sería trascendente.

Fórmula de promulgación

Esta orden ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Justicia. En su virtud, previa aprobación de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

¿Se puede alegar hoy?

No en la práctica: el plazo de recurso directo venció el 10/01/2010; en el recurso indirecto contra un acto de aplicación la jurisprudencia no suele admitir vicios del procedimiento de elaboración, y la revisión de oficio solo puede iniciarla la Administración.

Pendiente de comprobar

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