§ Exploits legales en el BOE

← Casos · Sin dictamen del Consejo de Estado

Real Decreto 690/2023 · Norma entera

Real Decreto 690/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña.

Probablemente válido

En el BOE
Norma entera ↗
Norma
Real Decreto · 18/07/2023 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Defecto
Falta el dictamen del Consejo de Estado
Alcance
La norma entera

Razonamiento del modelo

La fórmula promulgatoria no menciona al Consejo de Estado y la base de datos no arroja resultados, lo que es un indicio, no una prueba, de que no hubo dictamen. Pero el real decreto aprueba un plan hidrológico, no un reglamento ejecutivo en sentido estricto: se limita a darle el visto bueno estatal a un plan autonómico ya informado por el Consejo Nacional del Agua. Por eso es razonable que el dictamen no se considerara preceptivo. Aunque se entendiera exigible, es discutible que su falta fuese un vicio trascendente, dado que el plan fue elaborado por la Generalidad y sometido a otros controles técnicos y ambientales. Queda un margen de riesgo porque la jurisprudencia atribuye naturaleza normativa a los planes hidrológicos.

Fórmula de promulgación

«En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de julio de 2023, DISPONGO:» y «Este plan hidrológico ha sido informado favorablemente por el Consejo Nacional del Agua en su reunión del día 29 de junio de 2023»

¿Se puede alegar hoy?

No en la práctica: el plazo de recurso directo venció el 21/09/2023; en el recurso indirecto contra un acto de aplicación la jurisprudencia no suele admitir vicios del procedimiento de elaboración, y la revisión de oficio solo puede iniciarla la Administración.

Pendiente de comprobar

—