§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 1155/2024 · Artículo 162

Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Probablemente válido

En el BOE
Artículo 162 ↗
Norma
Real Decreto · 19/11/2024 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Cobertura
Ley sectorial

Procedimiento

Autorización de residencia temporal de carácter excepcional para menores extranjeros con fines de tratamiento médico

Cobertura legal encontrada

Disposición adicional primera, apartado 1, de la LO 4/2000 (norma con rango de ley, orgánica), que fija en tres meses el plazo máximo para notificar las resoluciones de las solicitudes de autorizaciones formuladas conforme a esa Ley y añade: «Transcurrido el plazo para notificar las resoluciones de las solicitudes, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente, éstas podrán entenderse desestimadas». El art. 162.3 RD 1155/2024 repite el mismo plazo de tres meses desde la entrada en el registro y el mismo efecto desestimatorio.

Razonamiento del modelo

El art. 24.1 Ley 39/2015 admite el silencio negativo cuando una norma con rango de ley lo establece, y la DA 1.ª.1 LO 4/2000 lo hace para las solicitudes de autorizaciones de extranjería, salvo prórrogas y renovaciones (apartado 2). La autorización de residencia temporal excepcional del art. 162.3 es una solicitud inicial, de modo que queda en el apartado 1 y no en el apartado 2. El reglamento no inventa el sentido negativo, sino que reproduce la previsión legal con el mismo plazo de tres meses, así que hay cobertura legal expresa. Ni el Anexo 2 de la Ley 14/2000 ni el párrafo segundo del art. 24.1 son necesarios, porque ninguno encaja y no hace falta. Como la norma es de 2024, no entra en juego el régimen transitorio de la Ley 4/1999 y el efecto es «ninguno». El único flanco es que la ley dice «podrán entenderse desestimadas» y no «se entenderán». Esa fórmula es la habitual y se ha aceptado como habilitación suficiente del silencio negativo.

A quién beneficiaría

La Administración (Extranjería y Policía), que no queda vinculada por una estimación presunta de una autorización de residencia de menores con fines médicos. Perjudica al promotor, al menor y a su progenitor o tutor, que solo pueden recurrir y no pueden invocar un acto presunto estimatorio, a pesar de la urgencia del tratamiento.

Pendiente de comprobar