§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 903/2010 · Disposición transitoria primera. Evaluaciones, cartografías y planes de gestión de riesgo existentes.

Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

Probablemente válido

En el BOE
Disposición transitoria primera. Evaluaciones, cartografías y planes de gestión de riesgo existentes. ↗
Norma
Real Decreto · 09/07/2010 · Ministerio de la Presidencia
Norma europea
Directiva 2007/60/CE; Directiva 2000/60/CE

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

La Directiva 2007/60/CE no establece plazo alguno de consulta pública. Su art. 10 exige poner la documentación a disposición del público y, solo para los planes, fomentar la participación activa. El art. 13 autoriza expresamente reutilizar evaluaciones y mapas anteriores, bajo el requisito de equivalencia de información. El art. 4.b) de la disposición transitoria impone consulta pública e informe del Comité de Autoridades Competentes, lo que supera el mínimo literal de la Directiva. Para los planes, que son lo que el art. 10.2 destaca, se aplica el procedimiento ordinario. La sospecha descansa en una exigencia que no consta en el texto aportado, y solo una lectura combinada con normas generales de participación (Aarhus, Directiva 2003/35/CE) daría pie a un argumento, débil, de 'plazo razonable'.

A quién beneficiaría

Nadie en la práctica, porque no se aprecia contradicción. Un interesado que hubiera quedado privado de participación efectiva podría, a lo sumo, impugnar el acto concreto de validación alegando el art. 10 de la Directiva y el 'plazo razonable' de Aarhus frente a la Administración, con éxito incierto.

Pendiente de comprobar