← Casos · Derecho UE
Real Decreto 244/2016 · Artículo 61. Solicitud de designación.
Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.
Probablemente válido
- En el BOE
- Artículo 61. Solicitud de designación. ↗
- Norma
- Real Decreto · 03/06/2016 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Norma europea
- Directiva 2014/32/UE; Directiva 2014/31/UE; Reglamento (CE) n.º 765/2008
Inciso
Los solicitantes deberán ser entidades públicas o privadas establecidas en España
Artículos europeos
- art. 31.1 y 31.2 Directiva 2014/32/UE
- art. 32 Directiva 2014/32/UE
- art. 26.1 y 26.2 Directiva 2014/31/UE
- art. 27 Directiva 2014/31/UE
- art. 24 Directiva 2014/32/UE
- art. 5.1-5.2 Reglamento (CE) 765/2008
Razonamiento del modelo
Para los organismos notificados el requisito es conforme: las directivas 2014/32/UE (art. 31.1) y 2014/31/UE (art. 26.1) atribuyen la notificación a la autoridad del Estado de establecimiento, y el organismo de otro Estado miembro se notifica por el suyo. La sospecha cita los arts. 9 y 14 de la Directiva 2006/123/CE, que no figuran entre los textos aportados. En todo caso, el art. 14 prohíbe requisitos de nacionalidad, residencia o domicilio social discriminatorios, no la exigencia de un establecimiento, y los textos aportados tampoco acreditan una discriminación. Queda un riesgo residual para los organismos de control y de verificación metrológica, ajenos a la armonización, donde la restricción a la libre prestación de servicios exigiría justificación que el texto aportado no permite valorar. No hay una contradicción concreta que se pueda citar para anular el inciso.
A quién beneficiaría
Con el texto aportado, ningún operador puede pedir la inaplicación del inciso. Solo un organismo de otro Estado miembro que quisiera actuar como organismo de control o de verificación metrológica sin establecerse en España podría intentarlo, frente a la Administración competente y con base en los arts. 49 o 56 TFUE o en el art. 16 de la Directiva 2006/123/CE, no en las directivas de metrología.
Pendiente de comprobar
- Texto y ámbito de la Directiva 2006/123/CE (arts. 3.1, 9, 14, 16 y exclusiones del art. 2) y su transposición por la Ley 17/2009 y la Ley 20/2013.
- Si el art. 8.1 de la Ley 32/2014 de Metrología ya establece el requisito de establecimiento, de modo que la cuestión sea de rango legal.
- Jurisprudencia del TJUE sobre requisitos de establecimiento a organismos de certificación, inspección o verificación (arts. 49, 51 y 56 TFUE; en particular, si se considera ejercicio de poder público).
- Naturaleza jurídica de los organismos de control metrológico y de verificación: si ejercen funciones públicas o prestan un servicio de mercado.
- Diferenciar la designación de organismos notificados (armonizada) de la de organismos de control y verificación (nacional), que hoy se tratan conjuntamente en el art. 61.
- Si la Comisión ha formulado observaciones al procedimiento de notificación TRIS (Directiva 2015/1535) del RD 244/2016.