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Real Decreto 130/2017 · Artículo 66. Concesión de autorización de establecimiento de un depósito.
Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.
Probablemente válido
- En el BOE
- Artículo 66. Concesión de autorización de establecimiento de un depósito. ↗
- Norma
- Real Decreto · 24/02/2017 · Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
- Norma europea
- Directiva 2014/28/UE; Reglamento (CE) 1907/2006
Inciso
cuando la petición responda a necesidades debidamente justificadas
Artículos europeos
- art. 1.1 y 2.3, 2.13 Directiva 2014/28/UE (ámbito y definiciones de «seguridad» y «agentes económicos»)
- art. 11 Directiva 2014/28/UE (transferencias; no regula depósitos)
- art. 17 Directiva 2014/28/UE (licencias de fabricación; no regula depósitos)
- art. 14.5 Directiva 2006/123/CE (no aportada; prohibición de pruebas económicas)
- art. 4.8 Directiva 2006/123/CE (no aportada; razones imperiosas de interés general)
Razonamiento del modelo
Los actos aportados no regulan los depósitos y no contradicen el precepto. La única vía de ataque es la Directiva de Servicios, que no consta en el material. El inciso puede leerse de forma conforme como exigencia de justificación de la actividad y de la seguridad, no como test de demanda del mercado. Además, el almacenamiento de explosivos se ampara en razones imperiosas de seguridad y orden público. El riesgo está en la aplicación administrativa concreta (denegaciones por «falta de necesidad» sin motivación de seguridad), más que en la norma. Esa aplicación podría impugnarse caso por caso. No hay un exceso concreto citable de los textos aportados.
A quién beneficiaría
No hay contradicción acreditada. Si se denegara una autorización por falta de «necesidad» entendida en sentido económico, el solicitante podría recurrir esa resolución e invocar frente a la Administración el art. 14.5 de la Directiva 2006/123/CE (efecto directo vertical, y su transposición en la Ley 17/2009), pidiendo la inaplicación del inciso en su caso concreto.
Pendiente de comprobar
- Si los depósitos comerciales de explosivos quedan dentro del ámbito de la Directiva 2006/123/CE (arts. 2 y 4, y exclusiones) o se consideran materia de seguridad fuera de ella.
- Texto actual de los arts. 9, 10 y 14 de la Directiva 2006/123/CE y su transposición en los arts. 5, 6 y 10 de la Ley 17/2009.
- Jurisprudencia del TJUE sobre pruebas económicas en autorizaciones de establecimiento, p. ej. C-400/08 Comisión/España (grandes establecimientos comerciales), y sobre la justificación por seguridad pública.
- Práctica administrativa y jurisprudencia del Tribunal Supremo y de los TSJ sobre denegaciones de depósitos por falta de «necesidad» (si se invoca criterio económico o solo de seguridad).
- Art. 16 de la Directiva 2014/28/UE (licencias de comercio y almacenamiento), no aportado, por si fija límites a los regímenes nacionales.
- Remisión del art. 66.1 al art. 65 y ITC aplicables, para ver si desarrollan el concepto de «necesidad» con criterios de seguridad.