§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 130/2017 · Artículo 136. Autorización de tránsito de origen comunitario.

Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.

Probablemente válido

En el BOE
Artículo 136. Autorización de tránsito de origen comunitario. ↗
Norma
Real Decreto · 24/02/2017 · Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Norma europea
Directiva 2014/28/UE; Reglamento (CE) 1907/2006

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

La sospecha previa parte de la premisa de que los explosivos son mercancías en libre circulación sin más trámites. Sin embargo, la Directiva 2014/28/UE somete expresamente las transferencias intracomunitarias a un régimen de autorización, y su art. 11.2 exige la autorización previa del Estado de tránsito. El art. 136 reproduce esa exigencia, y el «condicionado» y la duración de la autorización encajan con el art. 11.6. La frase «independientemente de su destino final» no es por sí misma contraria a la Directiva, porque el control del tránsito corresponde al Estado por cuyo territorio pasa la mercancía. La única zona de riesgo es el tránsito con destino a un tercer país y los productos fuera del ámbito de la Directiva. Ahí habría que analizar la proporcionalidad conforme al art. 36 TFUE, pero los textos aportados no permiten concluir una contradicción concreta.

A quién beneficiaría

Nadie en principio, porque no hay contradicción identificada. Solo en el supuesto marginal de tránsito hacia un tercer país o de productos fuera del ámbito de la Directiva, un operador podría invocar los arts. 34-35 TFUE (de aplicación directa) frente a la Administración y pedir la inaplicación de la autorización en su caso concreto.

Pendiente de comprobar