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Real Decreto 130/2017 · ANEXO X
Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.
Probablemente válido
- En el BOE
- ANEXO X ↗
- Norma
- Real Decreto · 24/02/2017 · Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
- Norma europea
- Directiva 2014/28/UE; Reglamento (CE) 1907/2006
Artículos europeos
- art. 1.1 Directiva 2014/28/UE
- art. 2.1 Directiva 2014/28/UE
- art. 1.3 Directiva 2014/28/UE
- art. 11.5 Directiva 2014/28/UE
- art. 15.1 Directiva 2014/28/UE
Razonamiento del modelo
La Directiva 2014/28 regula los explosivos, no los equipos de bombeo y sensibilización, por lo que no hay una contradicción literal que pueda citarse. El control de equipos que permiten producir explosivo en el interior de una mina queda en el ámbito de la seguridad pública, y el art. 36 TFUE lo ampara con una proporcionalidad razonable. Lo que subsiste es un riesgo residual bajo bajo el art. 34 TFUE y el Reglamento 2019/515, si la ITC 32 no admite equivalencia ni reconocimiento de certificaciones extranjeras. La sospecha apunta a la norma equivocada, porque ni el Reglamento 765/2008 ni la Directiva 2014/28 recogen un deber de reconocimiento mutuo aplicable a este equipo. Los textos aportados no bastan para ir más allá.
A quién beneficiaría
No hay una contradicción acreditada. Si se apreciara una vulneración, la invocaría un fabricante o importador de equipos de otro Estado miembro frente a la Administración (DGPEM o Guardia Civil). Pediría la inaplicación en el caso concreto o recurriría la denegación de homologación, apoyándose en el art. 34 TFUE y el Reglamento 2019/515, ambos de aplicación directa.
Pendiente de comprobar
- Contenido de la ITC 32 y de su procedimiento de homologación: si admite ensayos, certificados o informes de organismos de otros Estados miembros.
- Si estos equipos están sujetos a otra legislación de armonización (Directiva 2006/42/CE de máquinas, Directiva 2014/34/UE ATEX para atmósferas explosivas en minas) con marcado CE, lo que limitaría la homologación adicional.
- Aplicabilidad del Reglamento (UE) 2019/515 sobre reconocimiento mutuo (art. 5-6, procedimiento de evaluación y deber de motivación de la denegación) y sus exclusiones.
- Jurisprudencia del TJUE sobre autorizaciones previas por razones de seguridad pública (art. 36 TFUE) y proporcionalidad, y sobre el reconocimiento de homologaciones de productos no armonizados.
- Versión vigente del Reglamento de Explosivos y de la ITC 32 a fecha actual, por posibles modificaciones posteriores al RD 130/2017.