§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 1339/2018 · Disposición transitoria primera. Instalaciones y proyectos de investigación y explotación en activo.

Real Decreto 1339/2018, de 29 de octubre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.

Probablemente nulo

En el BOE
Disposición transitoria primera. Instalaciones y proyectos de investigación y explotación en activo. ↗
Norma
Real Decreto · 29/10/2018 · Ministerio para la Transición Ecológica
Norma europea
Directiva 2013/30/UE; Directiva 2004/35/CE; Directiva 2005/35/CE

Inciso

en tanto la ACSOM no acepte el informe sobre riesgos de accidentes graves de la instalación, los operadores en medio marino podrán continuar con la operación normal de la misma

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

El art. 6.5 de la Directiva 2013/30/UE prohíbe expresamente continuar operaciones sin aceptación del informe de riesgos graves, y el art. 42.2 fijó el 19 de julio de 2018 como límite máximo para aplicarlo a las instalaciones existentes. El apartado 2 permite continuar sin aceptación mientras la autoridad no resuelva, sin límite temporal y con una excepción que la Directiva no prevé. Las salvaguardas del precepto (sin cambios operativos ni modificación sustancial) lo atenúan, pero no eliminan la contradicción con la obligación de resultado del art. 6.5. La interpretación conforme parece difícil, porque el texto es claro y habría que forzarlo contra legem. La probabilidad no es mayor porque el apartado 1 impone presentar y adaptarse en seis meses, y porque el contexto transitorio y la falta de la definición completa de 'aceptación' (art. 2.22, truncado) dejan margen a un tribunal para una lectura conforme.

Pendiente de comprobar