← Casos · Derecho UE
Real Decreto 451/2020 · Artículo 10. Importaciones de metales.
Real Decreto 451/2020, de 10 de marzo, sobre control y recuperación de las fuentes radiactivas huérfanas.
Probablemente válido
- En el BOE
- Artículo 10. Importaciones de metales. ↗
- Norma
- Real Decreto · 10/03/2020 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Norma europea
- Directiva 2013/59; Directiva 96/29/Euratom; Directiva 2003/122/Euratom
Artículos europeos
- art. 93.1 Directiva 2013/59/Euratom
- art. 93.2 Directiva 2013/59/Euratom
- art. 2.2.a) Directiva 2013/59/Euratom
- art. 9.3 Directiva 2003/122/Euratom
- art. 8.2 Directiva 2003/122/Euratom
Razonamiento del modelo
La sospecha previa parte de que la Directiva «no exige» el certificado, pero eso no basta para la nulidad. El art. 93.1 de la Directiva 2013/59 se refiere expresamente a las importaciones de terceros países y la Directiva establece normas básicas de seguridad, por lo que no impide que el Estado vaya más allá. Que el requisito afecte solo a las importaciones extracomunitarias no es discriminatorio, sino coherente con la lógica de la Directiva. La invocación de la competencia exclusiva en política comercial común es poco convincente, porque el art. 10 es una medida de seguridad radiológica y no una medida arancelaria o de contingentación. La desproporción frente a los controles aduaneros armonizados es una hipótesis no acreditada con los textos aportados. Solo cambiaría el veredicto si se identificara un acto de la Unión que armonice de forma exhaustiva el control radiológico de la chatarra importada.
A quién beneficiaría
Nadie en la práctica, porque no se aprecia contradicción. Si en el futuro se identificara un acto de la Unión que armonice de forma exhaustiva la materia, el importador afectado podría pedir en un caso concreto la inaplicación del art. 10 o recurrir la norma, y en su caso plantear cuestión prejudicial al TJUE.
Pendiente de comprobar
- Jurisprudencia del TJUE sobre medidas estatales de protección de la salud aplicables a importaciones de terceros países y su relación con la política comercial común (arts. 207 TFUE y 3.1.e) TFUE).
- Reglamento (UE) 2015/478 sobre el régimen común aplicable a las importaciones y sus cláusulas de justificación por protección de la salud, así como la normativa aduanera de la Unión sobre controles de mercancías.
- Si existe algún acto de la Unión de armonización exhaustiva sobre el control radiológico de chatarra importada (p. ej. Reglamento (UE) 333/2011 sobre fin de condición de residuo, o normas Euratom sobre traslados de sustancias radiactivas) que excluya medidas nacionales adicionales.
- Alcance de las competencias del Tratado Euratom (art. 30 y ss.) en materia de normas básicas, y si permite a los Estados fijar requisitos más estrictos que los de la Directiva 2013/59.
- Versión consolidada de la Directiva 2013/59 y de la Directiva 2003/122 (esta última derogada y refundida en la Directiva 2013/59 con efectos de 6 de febrero de 2018, lo que conviene confirmar).
- Texto completo del RD 451/2020 y su relación con el Protocolo de vigilancia radiológica de materiales metálicos (art. 5) para evaluar el carácter proporcionado del conjunto del sistema.