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Real Decreto 284/2021 · Artículo 9. Otorgamiento de la autorización.

Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

Dudoso

En el BOE
Artículo 9. Otorgamiento de la autorización. ↗
Norma
Real Decreto · 20/04/2021 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Norma europea
Directiva 96/26/CE; Directiva 2006/126/CE; Reglamento (CEE) n.º 3820/85
Efecto
Cualquier juez puede dejar de aplicarlo, pero la directiva solo se invoca frente a la Administración, no frente a otro particular

Inciso

si transcurriesen tres meses sin que la administración competente hubiese resuelto y notificado acerca de la solicitud formulada, esta se entenderá desestimada por silencio administrativo

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

La sospecha tiene base: el art. 13.4 de la Directiva 2006/123/CE fija el silencio positivo como regla y el precepto adopta el sentido contrario sin justificación visible. Sin embargo, el texto de esa Directiva no está en el material aportado y los actos que sí lo están no sirven de contraste. Además hay tres puntos abiertos que pueden salvar la norma: el alcance de la exclusión del transporte, la posible justificación por seguridad vial y la existencia de una ley que ampare el silencio negativo conforme al art. 24 Ley 39/2015. No se puede afirmar la nulidad sin comprobar esos tres puntos.

A quién beneficiaría

Una empresa solicitante de autorización CAP podría invocar el art. 13.4 frente a la Administración competente (estatal o autonómica). Podría pedir la inaplicación del art. 9.2 en su caso concreto y que se reconozca la autorización por silencio positivo, o impugnar la norma por vía directa o indirecta. La cláusula de excepción por razones imperiosas de interés general puede debilitar el carácter incondicional del efecto directo. No cabe invocarla entre particulares.

Pendiente de comprobar