§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 376/2022 · Disposición adicional segunda. Designación de la Entidad Responsable del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.

Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables.

Probablemente válido

En el BOE
Disposición adicional segunda. Designación de la Entidad Responsable del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables. ↗
Norma
Real Decreto · 17/05/2022 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Norma europea
Directiva (UE) 2018/2001

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

La sospecha parte de que un gestor de red de transporte de gas no es independiente. Pero un gestor sometido a separación de actividades es, precisamente, independiente de la producción y el suministro, que es el criterio que la Directiva (art. 19, no aportado) establece. Que la designación sea transitoria y sin plazo no vulnera ninguna disposición aportada. La Directiva no exige un plazo, y el apartado 8 permite reasignar la función. La disposición añade garantías de transparencia, objetividad e independencia, informe anual y acceso de la CNMC. Un reproche solo prosperaría si se probase un conflicto de intereses concreto en el ejercicio real de la función, no por la mera designación.

A quién beneficiaría

Sin contradicción identificada, nadie puede pedir la inaplicación. Un productor de gas renovable que alegara discriminación en la expedición de garantías de origen tendría que impugnar el acto concreto frente al GTS y a la Administración, y plantear la compatibilidad con el art. 19 con prueba de hechos específicos.

Pendiente de comprobar