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Real Decreto 813/2023 · Artículo 21. Requisitos de autorización para las empresas de asesoramiento financiero nacional.

Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.

Dudoso

En el BOE
Artículo 21. Requisitos de autorización para las empresas de asesoramiento financiero nacional. ↗
Norma
Real Decreto · 08/11/2023 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Norma europea
Directiva (UE) 2019/2034
Efecto
Norma europea de aplicación directa: cualquier juez debe dejar de aplicar el precepto, también entre particulares

Inciso

2.º Tener su residencia en España.

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

Ninguno de los actos de la UE aportados contradice el inciso. La Directiva 2019/2034 y la parte aportada de la Directiva 2014/65/UE no regulan las EAFN ni la residencia de los asesores personas físicas. La objeción solo puede sostenerse con el art. 49 TFUE y la jurisprudencia del TJUE sobre requisitos de residencia, que no están en el material aportado. Aun así, el requisito es potencialmente restrictivo para nacionales de otros Estados miembros y la proporcionalidad no está acreditada en el texto. Además, es probable que el origen del requisito esté en la Ley 6/2023, lo que complica la vía de nulidad del reglamento. Con lo aportado no puede afirmarse nulidad, pero tampoco descartarse del todo.

A quién beneficiaría

Un nacional de otro Estado miembro (o español con elemento transfronterizo) que quiera ser EAFN sin residir en España podría invocar el art. 49 TFUE frente a la CNMV para que se inaplique el requisito en su caso concreto. También cabría recurrir su denegación y pedir al tribunal una cuestión prejudicial. El art. 49 TFUE tiene efecto directo, pero solo se invoca frente al Estado y requiere un elemento transfronterizo.

Pendiente de comprobar