§ Exploits legales en el BOE

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Real Decreto 815/2023 · Artículo 7. Intercambio de información.

Real Decreto 815/2023, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión.

Probablemente válido

En el BOE
Artículo 7. Intercambio de información. ↗
Norma
Real Decreto · 08/11/2023 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Norma europea
Reglamento (UE) 2019/2033

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

La sospecha se apoya en normas de secreto profesional que no figuran en los artículos aportados, y no se puede sostener que haya contradicción sin ellas. Además, la estructura del art. 7 (consentimiento expreso como regla, excepción por circunstancias justificadas con aviso inmediato a la autoridad de origen, fines tasados en el apartado 5) coincide, hasta donde puedo recordar, con la del Derecho europeo del sector. Es probable que el inciso sea una reproducción de la propia norma de la UE. La indeterminación de la expresión es una crítica de técnica normativa más que una infracción demostrable. Solo cambiaría el veredicto si el texto vigente de las directivas no previera esa excepción o la limitara a destinatarios concretos.

A quién beneficiaría

Nadie en concreto, mientras no se acredite la contradicción. Si se acreditara, un administrado afectado por una comunicación de información confidencial podría impugnar el acto de la CNMV y pedir la inaplicación del art. 7.4 en ese caso, invocando la directiva solo frente a una autoridad pública (efecto vertical) y reforzándolo con interpretación conforme.

Pendiente de comprobar