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Real Decreto 1130/2023 · Artículo 24. Ejecución subsidiaria de la resolución.
Real Decreto 1130/2023, de 19 de diciembre, por el que se desarrollan la composición y el funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual y por el que se modifica el Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.
Falta información
- En el BOE
- Artículo 24. Ejecución subsidiaria de la resolución. ↗
- Norma
- Real Decreto · 19/12/2023 · Ministerio de Cultura
- Norma europea
- Directiva 2014/26/UE; Directiva (UE) 2017/1564
Artículos europeos
- art. 1.1 Reglamento (UE) 2022/2065 (protección efectiva de los derechos fundamentales)
- art. 2.4.b) Reglamento (UE) 2022/2065 (sin perjuicio del Derecho de la UE sobre derechos de autor)
Razonamiento del modelo
Los textos de la UE aportados no contienen ninguna norma sobre requerimientos de bloqueo, por lo que no puedo citar un artículo concreto que el precepto contradiga. Las normas decisivas (art. 8.3 Directiva 2001/29, art. 11 Directiva 2004/48, arts. 12-15 Directiva 2000/31, art. 9 DSA, arts. 47 y 52 de la Carta) no figuran en el material. La sospecha previa es en parte inexacta, porque el apartado 1 subordina la ejecución a un auto judicial. El único punto vulnerable es el apartado 6, cuya extensión a otros dominios e IP puede ser desproporcionada si se aplica sin nueva intervención judicial. Ese riesgo se resuelve probablemente por interpretación conforme y control judicial caso por caso, no por nulidad del precepto. Por ello, el reglamento es probablemente válido en abstracto, sin perjuicio de su posible inaplicación o impugnación en un caso concreto de sobrebloqueo.
A quién beneficiaría
Si en un caso concreto se acordara un bloqueo desproporcionado, el prestador intermediario o el titular de un sitio lícito afectado podrían impugnar la extensión ante la jurisdicción contencioso-administrativa e invocar la Carta y la jurisprudencia UPC Telekabel, pidiendo la inaplicación de la medida frente a la Administración. Las directivas solo tienen efecto vertical y estos preceptos no son suficientemente precisos e incondicionales, por lo que operarían sobre todo como pauta de interpretación conforme y de proporcionalidad.
Pendiente de comprobar
- Texto vigente del art. 195 TRLPI y del art. 122 bis LJCA, para saber si la extensión del apartado 6 requiere nueva autorización judicial o queda cubierta por la del apartado 1.
- Jurisprudencia del TJUE: UPC Telekabel (C-314/12), L'Oréal/eBay (C-324/09), Scarlet Extended (C-70/10), Sabam/Netlog (C-360/10), Glawischnig-Piesczek (C-18/18) y cualquier sentencia posterior sobre requerimientos dinámicos y bloqueo de IP.
- Arts. 8.3 Directiva 2001/29/CE, 11 Directiva 2004/48/CE, 12-15 Directiva 2000/31/CE y 9 Reglamento (UE) 2022/2065 (límites territoriales y motivación de las órdenes), que no están en el material aportado.
- Jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional sobre bloqueos acordados por la Sección Segunda y sobre extensión a sitios espejo o nuevas IP.
- Compatibilidad de los arts. 38.2.b) y 39.1.a) de la Ley 34/2002 (sanciones) con el DSA y con la proporcionalidad exigida por el art. 52.1 de la Carta.
- Si existe un mecanismo accesible para que los usuarios y los titulares de contenido lícito impugnen el bloqueo o su extensión.