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Real Decreto 1155/2024 · Disposición adicional vigésima

Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Probablemente válido

En el BOE
Disposición adicional vigésima ↗
Norma
Real Decreto · 19/11/2024 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Norma europea
Directiva 2001/55/CE; Directiva (UE) 2014/36; Directiva (UE) 2016/801

Artículos europeos

Razonamiento del modelo

Ninguno de los actos aportados regula una autorización de arraigo para solicitantes de asilo ni prohíbe que un Estado condicione un estatus nacional más favorable al desistimiento de la solicitud. La Directiva 2001/55/CE no se aplica a este colectivo y, además, admite la no acumulación de estatutos (art. 19.1) y las condiciones más favorables (art. 3.5). La Directiva 2016/801 excluye a los solicitantes de protección internacional (art. 2.2.a). El desistimiento es voluntario y solo opera si la resolución es favorable, y la persona conserva la protección frente a la devolución. El riesgo real (pérdida de la vía del asilo si luego caduca la residencia, o desistimiento no informado) depende de la Directiva 2013/32/UE, la Directiva 2011/95/UE y la Carta, que no se han aportado, y es una cuestión de aplicación más que de nulidad de la norma. Con los textos aportados no se puede afirmar una contradicción concreta.

A quién beneficiaría

Con los actos aportados nadie puede invocar una contradicción. Un solicitante que desistiera sin información suficiente y quedara luego desprotegido podría pedir en un caso concreto la inaplicación del inciso, o la nulidad del desistimiento, apoyándose en el art. 18 de la Carta, el art. 78 TFUE y la Directiva 2013/32/UE, frente a la Administración y ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Pendiente de comprobar